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Legalización de documentos públicos:
La legalización de documentos públicos es un acto administrativo por el que se otorga validez a un documento público para que surta efecto en otro país, comprobando tanto la autenticidad de la firma como la autoridad del firmante del documento.A no ser que exista algún instrumento jurídico o Convenio Internacional que exima de esa legalización, todo documento público extranjero deber ser legalizado para tener validez en España, y todo documento público español tiene que ser legalizado para ser válido en el extranjero.
LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS PÚBLICOS ESPAÑOLES PARA QUE SURTAN EFECTOS EN EL EXTRANJERO EN PAÍSES NO FIRMANTES DE CONVENIO QUE EXIMA DE LEGALIZACIÓN. TIPOS DE DOCUMENTOS Y PROCEDIMIENTO: Emitidos por la Administración General del Estado: Expedidos por Autoridades y funcionarios, los organismos incluidos en su estructura y las entidades gestoras de la Seguridad Social. Procedimiento: Sección de Legalizaciones del Ministerio de Exteriores y de Cooperación, C/ Juan de Mena, 4, 28071, Madrid, tel:913791655 Embajadas y Consulados en España del país en el que vayan a surtir efecto los documentos.
Documentos emitidos por las Comunidades Autónomas: Documentos expedidos por sus autoridades, funcionarios y organismos públicos. Procedimiento: Sección de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, C/ Juan de Mena, 4. Embajadas y Consulados en España del País en el que vaya a surtir efecto el documento.
Emitidos por Entidades Locales: Ayuntamientos, Diputaciones, Cabildos, Mancomunidades... Procedimiento: Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, (a excepción de los que provienen del Ayuntamiento de Madrid): Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. Vía Judicial o Notarial Representación diplomática o consular en España del país en el que vaya a surtir efecto el documento.
Documentos Notariales: Escrituras, Actas, legitimacines, compulsas, certificaciones... Procedimiento: Ministerio de Justicia, sección legalizaciones, C/ de la Bolsa, núm. 8, 28071, Madrid, tel. 902007214. Sección Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, C/ Juan de Mena, 4, 28071, Madrid. Representación diplomática o consular en España del país en el que va surtir efecto el documento.
Documentos Judiciales: Actas de nacimiento, matrimonio o defunción, cerrificaciones de capacidad matrimonial, fe de vida o estado, resoluciones judiciles, etc. Procedimiento: Vía Judicial Ministerio de Justicia, sección legalizaciones, C/ de la Bolsa, 8, 28071, Madrid, tel: 902007214. Sección Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, C/ Juan de Mena, 4. Representación diplomática o consular en España del país en el que va surtir efecto el documento.
Documentos Mercantiles: Certificados de origen, certificados de libre venta, facturas de empresa, documentos comerciales, etc. Documentos relativos a exportaciones: Procedimiento: Cámara de Comercio de la Provincia correspondiente Consejo Superior de Cámaras de Comercio, Industria y Navegación, C/ Ribera del Loira, 12, 28042, Madrid, tel: 915906900
Procedimiento: Documentos emitidos por entidades bancarias de ámbito nacional, en los servicios centrales del banco, sucursal en Madrid o Banco de España. Documentos emitidos por bancos de ámbiro local, emitidos por delegaciones del banco de España- Vía Notarial 2. Sección de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, C/ Juan de Mena, 4 3. Representación diplomática o consular en España del país en el que vaya a surtir efecto el documento.
Traducciones Juradas de español a otros idiomas: Traducciones realizadas por intérprete jurado nombrado po el Ministero de Asuntos Exteriores y de Cooperación: Procedimiento: Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación Embajada o Consulado del país en el que va a surtir efecto el documento.
Documentos Académicos: Documentos oficiales de Enseñanza superior: Títulos Universitarios Procedimiento: Subdirección General de Títulos y reconocimiento de Cualificaciones, C/ Torrelaguna, 58. 28027, Madrid Sección de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores, Juan de Mena, 4 Representación diplomática o consular.
Títulos no Universitarios. Procedimiento: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, servicio de títulos y convalidación de estudios extranjeros no universitarios, C/ Los Madrazo, 15, tercera planta, 28071, Madrid. Sección de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores, Juan de Mena, 4 Representación diplomática o consular
Documentos de enseñanza no superior: Expedidos por centros docentes de una Comunidad Autónoma Procedimiento: Consejería de Educación o equivalente. Sección de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores, Juan de Mena, 4 Representación diplomática o consular.
Documentos expedidos por instituciones privadas con carácter no oficial.Procedimiento: Vía Notarial, o la Dirección General de Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia, C/ de la Bolsa, 8, 28012, Madrid Sección de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores, Juan de Mena. 4 Representación diplomática o consular en España del país en el que vaya a surtir efecto.
Documentos procedentes de Entidades Religiosas: Documentos de la Iglesia Católica: Procedimiento: Nunciatura Apostólica y/o Diócesis Sección de Legalizaciones del Ministerio de ASuntos Exteriores y de Cooperación, C/ Juan de Mena, 4, o por vía notarial Representación diplomática o consular.
Otras Autorides religiosas: documentos inscritos en España ( matrimonios coránicos, rabínicos o evangélicos)
Procedimiento: Tribunal Superior de Justicia de la Comnidad Autónoma cuyo registro civil emitiese el certificaco. Unidad de Legalizaciones del Ministerio de Justicia, C/ San Bernardo, 45 Sección de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores, Juan de Mena, 4 Representación diplomática o consular.
Documentos procedentes de autoridades religiosas no inscritos en registros civiles. Procedimiento: Vía Notarial
Certificados Médicos: Firma del facultativo en impreso oficial editado para este fin, con el sello de colegiado Consejo General de Colegios oficiales de médicos de España, Plaza de las Cortes, 11, 4º, 28014, Madrid, tel: 914317780, o el colegio médico de la provincia
Certificados Veterinarios: Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente: C/ Almagro, 33, Madrid. Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Sección legalizaciones Representación diplomática o consular.
LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS PARA QUE SURTAN EFECTOS EN ESPAÑA: Los Documentos extranjeros que vayan a surtir efecto en España deben estar traducidos al español. El Ministerio de Exteriores sólo admitirá las traducciones oficiales: - Realizadas en España por un traductor o intérprete jurado español nombrado por el Ministerio (estas traducciones están exentas de legalización y son válidas sin necesidad de ningún trámite adicional) - Realizadas o asumidas como propias por una representación española en el extranjero (estas traducciones requieren ser legalizadas por la sección pertinente del Ministerio de Exteriores.)
- Realizadas por la representación diplomática o consular en España del Estado que emite el documento (estas traducciones requieren ser legalizadas por la sección pertinente del Ministerio de Exteriores)
Procedimiento para legalizar documentos públicos extranjeros emitidos por Estados no firmantes de Convenio que eximen de legalización: Documento emitido por Autoridad no consular en el país de origen: Procedimiento: Ministerio de Exteriores del Estado de origen Representación diplomática española en dicho Estado
Documento expedido por autoridad consular acreditada en España. Procedimiento: Ministerio de Exteriores, Sección Legalizaciones
Documentos exentos de Legalizaciones:Documentos extranjeros que hayan sido legalizados por las embajadas o consulados de España en el extranjero y porten una etiqueta transparente de seguridad
Documentos relacionados con el comercio de material bélico o similar.Procedimiento: Representación de España en el páis emisor Representación del estado emisor en España Sección legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores.
Procedimiento: Ministerio de Asuntos Exteriores, Sección Legalizaciones
Para consultas acerca del procedimientos de legalizaciones es posible ponerse en contacto con el Ministerio de Asuntos Exteriores a través de:Teléfono: 913791555email: legalizaciones@maec.es, indicando nombre y apellido y teléfono de contacto
Certificados que se legalizan directamente en MAEC
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